El ministro de  Seguridad Pública, Juan Manuel Pino, aseguró que los ascensos en la Fuerza Pública están regulados a través de los Decretos Ejecutivo 899 en la Policía Nacional, 900 para el Servicio Nacional Aeronaval y 901 para el Servicio Nacional de Fronteras del año 2020 y que no es potestad del Ministro ni del Director, ya que cada uniformado que asciende pasa por una serie de procedimientos,  estándares y un sistema de evaluación que incluye logros académicos alcanzados.

Explicó que en el pasado muchos ascensos fueron cuestionados por la ciudadanía y terminaron en las instancias judiciales, por lo que en  2020 se tomó la decisión de hacer una norma para regular el tema, para que no quedara en manos de un ministro o de un director, sino que quien asciende, cumple con procedimientos estándares en los estamentos de seguridad, ahora existe una competencia profesional interna,  los ascensos son por plazas de trabajo disponibles.

Agregó el Ministro de Seguridad Pública, que se le está dando forma a la pirámide estructural orgánica de cada institución, el ascenso esta regulado,  ya no es potestad del Director o del Ministro, eso quedó en el pasado, ahora existe una regulación que se tiene que cumplir.

El ministro Pino dijo, que los 5 mil 473 ascensos que se han dado en la Fuerza Pública pasaron por una comisión de evaluación y fueron remitidos a través del Director General de cada estamento al Ministerio de Seguridad Pública, en donde se revisó y luego el presidente de la República, Laurentino Cortizo Cohen, los ratificó.

“Estamos haciendo las cosas bien.  La persona que asciende es porque se lo merece, no ascenderé a alguien que no cumpla con el procedimiento establecido”,  aseguró el ministro Pino en una entrevista concedida a los medios, mientras pasaba el desfile en conmemoración de los 201 años de Independencia de Panamá de España, que se celebró en el distrito de La Chorrera, provincia de Panamá Oeste.

Según el Decreto Ejecutivo 899 del 2 de diciembre de 2020, que expide el reglamento del proceso de ascenso de los miembros de la Policía Nacional, los ascensos otorgarán a los miembros juramentados de la Policía Nacional,  en servicio activo, siempre que cumplan con los requisitos establecidos en el reglamento de ascenso y conforme a las plazas vacantes.

La normativa establece, que la finalidad de los ascensos es fortalecer el espíritu profesional, incentivar el rendimiento eficiente en la prestación de servicio y estimular la antigüedad de los miembros juramentados de la carrera policial, a través de un proceso de sistema de méritos objetivo e imparcial.